Concepto
El Acto Juridico es la manifestación de voluntad humana y lícita
destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas.
Definición
El acto jurídico es el acto humano, lícito, con
manifestación de voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir
relaciones jurídicas (Betti,
Emilio, Teoría General del Negocio Jurídico, Madrid, España, Revista de
Derecho Privado, 1959, p. 51. Messineo,
Francesco, Derecho Civil Y Comercial, Bs, As., Argentina, EJEA, 1979,
tomo II, p. 332).
En toda norma que regula un acto jurídico se encuentra
previsto hipotéticamente un supuesto de hecho complejo integrado por un
comportamiento humano (acción u omisión), voluntario, lícito, y que el agente
haya querido el acto y haya querido sus efectos, a este supuesto la norma le
atribuye, mediante un vínculo de deber ser, el efecto consistente en crear una relación
jurídica o en regularla, modificarla o extinguirla. La sola voluntariedad del
acto no es suficiente, como sucede en los actos meramente lícitos, para que se
produzca el efecto jurídico, sino es innecesario que el sujeto haya querido
también los efectos del acto. Es decir, debe haber: voluntad y “el querer”.
La manifestación sea como simple declaración o como
comportamiento tiene carácter preceptivo, esto es, no es una simple revelación
de la voluntad psicológica, sino que mediante ella se dictan reglas de conducta
para sí mismo y para los demás. El acto jurídico da vida a una regulación de
intereses; está destinado a tener una eficacia constitutiva o modificativa o
extintiva de relaciones jurídicas.
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